Sobre el concepto de riesgo
El de riesgo constituye un concepto socio-jurídico que prevaleció y atravesó las prácticas y los saberes sobre niños y jóvenes a lo largo de todo el siglo XX. Este concepto jurídico - que tiene su origen en los sistemas de protección penal para los niños y jóvenes pobres en el siglo XIX - transformó a estos en “menores”, y los convirtió en sujetos de intervención estatal y en objetos de control social a fin de transformarlos en personas “normales”. [1]
Bajo el concepto de riesgo o de situación irregular, los Códigos de Menores incluyeron a niños y jóvenes que vivían situaciones diversas y heterogéneas entre sí, como pobreza, mendicidad, abandono, orfandad, pasando por la prostitución y hasta la delincuencia.
Esta concepción implicaba a su vez una superposición de situaciones socialmente muy distintas entre sí, y hacía de los niños y jóvenes que atravesaban por problemas de mendicidad o abandono, fueran sujetos del mismo tipo de intervención que aquellos que se prostituían o delinquían, por ejemplo. El control policial y el encierro en una institución, entre otras medidas, solían ser las respuestas comunes a todos aquellos que se consideraban en situación irregular, fueran víctimas o victimarios. La situación irregular estuvo dada, en gran medida, por el hecho de que el niño o joven se encontraba por fuera de la situación esperada socialmente con relación a su edad. Normalmente, esto implicaba que tenía problemas escolares de retraso, bajo rendimiento, o que había abandonado los estudios, y que sus relaciones familiares eran poco estables.
Pese a las transformaciones ocurridas a partir de los cambios en las legislaciones sobre minoridad y juventud en América Latina, el concepto de riesgo sigue siendo usado como categoría que indica una cierta vulnerabilidad, una situación límite entre lo normal y lo anormal, entre el adentro y el afuera, entre la inclusión y la exclusión.
El enfoque de riesgo tiende a subrayar los aspectos negativos de las formas de ser juveniles, dejando al margen las características culturales, históricas y comunitarias de los mismos. A partir del enfoque de riesgo no se actúa necesariamente sobre las condiciones económicas, sociales y familiares que ocasionan la vulnerabilidad de los jóvenes, sino que la preocupación está ubicada en una supuesta propensión de los mismos a la violencia, el vicio o la corrupción.
Como se ha mencionado, el concepto se encuentra asociado al lenguaje de las políticas publicas de protección a la infancia y a la juventud flotante y marginal, las mismas que tienen como centro la preocupación por la normalización y la integración.
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[1] Maluf, Norma Alejandra, “Acerca del enfoque de riesgos”, Investigación sobre niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo , FLACSO-MBS, Banco Interamericano de Desarrollo, Quito, 2002.
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