El
Segundo Informe Nacional de Juventud (2006) incluye un capítulo
dedicado a delinear una política pública de juventud
mirando al bicentenario de la independencia chilena (2010) asumiendo
“el desafío de construir una situación de
país que defina, destaque y promueva claramente el valor
social de la juventud, más allá y quizá en
sentido contrario al énfasis que instala el mercado y las
imágenes negativas que de la juventud chilena difunden
los medios de comunicación”. En esta óptica,
la plena inclusión social integral de las y los jóvenes
implica:
•
“La disminución radical de la estigmatización
de lo juvenil en la conversación pública y el surgimiento
de un discurso social que valorice positivamente a los y las jóvenes,
sin segmentarlos o aislarlos del resto de la sociedad”.
•
“La
contención sistemática de los factores de exclusión
social y el aumento de la inclusión plena de los y las
jóvenes, a nivel funcional, político y simbólico,
tanto en ámbitos como el empleo, la salud y la educación,
como en el campo donde se juega la aceptación o rechazo
de las identidades juveniles: la cultura”.
•
“El
resguardo de la calidad de vida juvenil y de la realización
de una transición al mundo adulto de la manera más
adecuada posible, mediante servicios de protección mínima
garantizada, que establezcan un dique contra situaciones de vulneración
del desarrollo y de la seguridad humana de las personas jóvenes”.
•
“El potenciamiento de la asociatividad, la expresividad,
la producción cultural y el voluntariado de los y las jóvenes,
que permita contar con espacios públicos recuperados, marcados
por la presencia de ellos junto a los demás actores de
la sociedad, en un marco de clara convivencia democrática
e integración”.
El
cumplimiento de tales metas implica contar con una institucionalidad
pública que cumpla con algunos criterios básicos.
El Segundo Informe destaca los siguientes:
•
“La
política pública de juventud debe consistir en la
movilización del conjunto del sector público a través
de sus agencias, recursos y ofertas, bajo un diseño coherente
basado en un diagnóstico/perspectiva adecuado. El diseño
y la articulación de dicho movilización corresponden
al propio Estado, con base en una instancia especializada (INJUV)
mientras que la ejecución de las acciones es materia del
sector público en sus diferentes niveles (desconcentrado
y descentralizado)”.
•
“La
política pública en juventud no se agota en los
programas y líneas de acción dirigidas específicamente
hacia los y las jóvenes. Muchas intervenciones gubernamentales
enfocadas hacia la solución de problemas sociales no específicos
de un grupo de edad, también afectan y entregan beneficios
a la juventud. Frente a este tipo de acciones, la misión
de una política pública en juventud es identificar
y generar estrategias específicas para incorporar a los
y las jóvenes a dichos programas”.
•
“Tanto el diseño como la articulación y la
ejecución de las acciones deben ser en sí mismos
de alta calidad, vale decir, oportunos, suficientes, efectivos
y pertinentes, donde la participación de todos los ciudadanos
(no sólo los y las jóvenes) en la definición
y evaluación de sus contenidos es medular, en tanto aporta
al aumento de la calidad, al tiempo que realiza un principio propio
de la calidad democrática del gobierno y de la gestión
pública: la participación ciudadana”.
•
“La acción estatal para la realización de
esta política pública de juventud debe reconocer,
eso sí, el límite de la autonomía cívica
para gestar procesos y construir identidades o demandas. Dicho
reconocimiento tiene que ser traspasado al conjunto de los actores
institucionales y a la propia ciudadanía, de tal manera
que no se espere que la acción estatal ocupe los espacios
y roles que corresponden a la sociedad civil”.
“Con
base en estos criterios es necesario que el Estado se entregue
a la tarea de intervenir a través de sus instituciones
e instrumentos y bajo la coordinación del INJUV, en tres
líneas estratégicas de acción”:
•
“Identidad
pública de los y las jóvenes: hacia su inclusión
simbólica”.
•
“Calidad de vida y desarrollo juvenil: establecimiento de
un conjunto de derechos mínimos garantizados”.
•
“Influencia
de los y las jóvenes en el curso de las decisiones y en
la vida pública”.
El
Segundo Informe detalla las propuestas correspondientes en cada
una de las tres líneas de acción establecidas, pero
no se incluyen aquí por simples razones de espacio. En
todo caso, importa agregar que de acuerdo a este enfoque, “tal
política debe incluir una función de articulación
integradora … cuya función primordial es lograr que
el Estado en su conjunto instrumente de manera coherente la oferta
completa”.
“Tal
organización o agencia necesita, para cumplir cabalmente
su función, las siguiente potencialidades: (i) recursos
humanos, materiales y financieros (capital económico);
(ii) saber, conocimiento y competencias de alto nivel que la hagan
ser efectiva (capital cultural); (iii) prestigio y legitimidad
real (capital simbólico); (iv) alianzas múltiples
y redes de confianza que faciliten su trabajo y aumenten los resultados
del mismo (capital social); (v) respaldo y autonomía para
ejercer el rol de rectoría y articulación que le
corresponde (capital político).
“El
Estado chileno dispone de un instrumento institucional, el INJUV,
que necesita ser cualificado de modo tal que pueda orientar al
conjunto del aparato público, empujándolo a la acción
coherente a favor de los y las jóvenes. Con el fin de lograr
estas condiciones, el INJUV debe reconocer las siguientes tres
funciones principales: (i) observación directa de los y
las jóvenes; (ii) diseño, innovación y transferencia
en políticas públicas; y (iii) articulación
técnica y política e introducción de una
perspectiva de juventud en el Estado”. Naturalmente, el
Segundo Informe detalla el contenido de cada una de estas propuestas,
pero simples razones de espacio, no nos permiten incluir dicho
detalle en este boletín.

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