El 27 de noviembre de 2001, se dio otro paso trascendente en el desarrollo de las políticas de juventud, ya que el Gabinete Social aprobó la denominada “Política Nacional para el Desarrollo Integral de la Juventud Nicaragüense”, considerada como “el instrumento de referencia principal para las intervenciones del Estado dirigidas a crear las condiciones necesarias para el desarrollo integral de la juventud nicaragüense”. La elaboración de esta Política, estuvo a cargo de un Comité Técnico, integrado por 40 representantes de diversos organismos públicos y de la sociedad civil relacionados con el tema.
Luego de destacar algunos “antecedentes” y de brindar un esquemático análisis del “contexto” en el que se desarrolla la política de juventud, el texto brinda un “marco de referencia” y define el objeto mismo del documento: “l a Política Nacional para el Desarrollo Integral de la Juventud (PNDIJ) busca conjugar la acción del Estado y la sociedad, a fin de integrar plenamente a las mujeres y hombres jóvenes del país a los procesos de transformación económica, social, política y cultural. Esta Política expresa las perspectivas conjuntas, el horizonte que ha de inspirar todas las acciones, tanto de las instituciones del Estado como de la sociedad en general”.
“Una Política de esta relevancia –destaca el documento- precisa de cuatro características fundamentales: (a) Presentar un horizonte deseable y posible de alcanzar, fruto del consenso y con una visión de Estado; (b) Garantizar las condiciones necesarias para la participación de la juventud en la construcción de su condición ciudadana y sus aportes estratégicos en el desarrollo nacional; (c) Contener los elementos necesarios para ser el principal instrumento de referencia y de carácter normativo, de los esfuerzos del Estado y la sociedad civil para reducir la exclusión de los y las jóvenes y dar relevancia a su aporte estratégico en el desarrollo del país mediante la ampliación de su participación en la toma de decisiones en los aspectos económicos, políticos y sociales; y (d) Orientar la gestión y canalización de recursos financieros orientados al desarrollo del capital humano joven e involucrar en ello a todos los sectores de la sociedad”.
Seguidamente, el texto establece los “principios” de la política de juventud: integralidad, mejoramiento continuo, equidad, ciudadanía, autonomía, diversidad, responsabilidad, transformación, participación y universalidad. En línea con estas definiciones, se establece el “objetivo general”: “Crear las oportunidades y condiciones requeridas por los hombres y mujeres jóvenes de Nicaragua para integrarlos como sujetos de derecho y activos participantes en la vida económica, social, cultural y política de la sociedad”, que luego es desagregado en múltiples “objetivos específicos”.
La política de juventud, está estructurada en torno a 13 componentes sectoriales: educación y capacitación; salud integral con énfasis en salud reproductiva; capacitación e inserción laboral; participación de la juventud; cultura; deportes; voluntariado y servicio juvenil; recreación; vivienda; medio ambiente; desarrollo de la juventud rural; juventud en situación de desventaja; y juventud indígena y de ancestría africana.
Finalmente, el texto incluye un capítulo de “estrategias”, en el que se establece que de conformidad con la Ley de Juventud se creará la Comisión Nacional de Juventud y “una instancia estatal de juventud (…) dependiente de la Presidencia de la República”, al tiempo que se sostiene que “se institucionalizará el Consejo de la Juventud de Nicaragua (CJN) con sus instancias municipales, regionales y departamentales”. Adicionalmente, se establece el objetivo de “formular, consultar, aprobar, implementar, monitorear y evaluar el Plan de Acción de la presente política”, como una forma de concretar estos lineamientos generales en medidas concretas y específicas en cada área de acción priorizada.
El texto va acompañado de tres anexos: el primero recoge el Acta de aprobación de la política nacional para el desarrollo integral de la juventud; el segundo incluye la nómina de miembros del Comité Técnico Intersectorial para la formulación de la política; y el tercero, incluye un “análisis de situación de la juventud nicaragüense”. El texto completo está disponible en la web de la Secretaría de la Juventud: www.sejuve.gob.ni


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